Obligaciones del empresario en materia de PRL.

Obligaciones del empresario en PRL - Curso Construcción

Los cursos de prevención de riesgos laborales especializados en el sector de la construcción que impartimos en nuestro centro están destinados tanto a trabajadores individuales que a título personal deciden formarse o reciclarse, como a empresas que los contratan para sus empleados/as.

Porque, como seguro sabes, el empresario tiene la obligación de proteger la salud de sus equipos humanos, garantizándoles unas condiciones laborales seguras. Y proporcionarles una formación adecuada en PRL es la mejor forma de contribuir a ese objetivo, ya que los trabajadores estarán mejor preparados para abordar sus tareas sin riesgos.

¿Conoces cuáles son las obligaciones del empresario según la Ley de Prevención de Riesgos Laborales? Pues hoy hacemos un repaso en este post y aprovechamos para recordarte que, si tienes una empresa cuya actividad pertenece al sector de la construcción, debes proporcionar el acceso a programas de formación en PRL a tus trabajadores. Cursos como los que impartimos en nuestro centro y que podemos adaptar en función de tus necesidades formativas concretas. Veamos ahora cuáles son esas obligaciones del empresario en PRL.

¿Cuáles son las obligaciones del empresario según la Ley de Prevención de Riesgos Laborales?

Pues según el Artículo 14 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, el empresario tiene una serie de obligaciones en materia de PRL entre las que destacan:

  • Realizar una evaluación de los riesgos laborales que conllevan las competencias de cada puesto de trabajo.
  • Proporcionar información actualizada sobre esos riesgos y sus consecuencias.
  • Contratar una formación en este ámbito mediante cursos de Prevención de Riesgos Laborales como los que se imparten en nuestro centro formativo.
  • Elaborar planes de actuación por si se dieran situaciones de emergencia o de riesgo grave o inminente.
  • Desarrollar acciones de seguimiento de la actividad preventiva.
  • Fomentar la cultura de la prevención y organizar de manera continua actividades de identificación, evaluación y control de riesgos que no se hayan podido evitar.
  • Por último, tiene la obligación de actualizar las medidas de prevención según las modificaciones que puedan experimentar las circunstancias que incidan en la seguridad del trabajo.

¿Los trabajadores pueden negarse a asistir a la formación en PRL?

Pues en el sector de la construcción, sector al que van dirigidos nuestros cursos formativos, la Ley 32/2006 de 18 de octubre es muy clara y establece el deber de los trabajadores de acreditar que han asistido a la formación preventiva propia de su puesto.

Por lo tanto, así como dentro de las obligaciones del empresario está la de proporcionar a los trabajadores el acceso a una formación en PRL adecuada a su labor, el trabajador también tiene la obligación de realizarla. ¿En qué momento? La formación que el empresario debe procurar a cada trabajador debe realizarse cuando contrata a esa persona, cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeña o en el caso de que se introduzcan nuevos equipos o tecnologías de trabajo cuyo uso entrañe una serie de riesgos.

 

¿Tienes una empresa de construcción y estás buscando un centro formativo especializado en PRL para que tus trabajadores realicen las acciones formativas pertinentes? Pues cuenta con Curso Construcción, un centro formativo especializado en la prevención de riesgos laborales en el sector de la construcción, homologado por la Fundación Laboral de la Construcción y con el mejor equipo docente.

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